Sindicato Médico

de La Rioja

 

BOLETIN INFORMATIVO CESM-RIOJA

(5-III-14)

 

Hoy había convocada una mesa sectorial de SERIS con el siguiente orden del día:

1.- Aprobación de las Actas.
2.- Plan de Formación 2014.
3.- Aclaración de la propuesta de los Sindicatos CCOO, FSES, STAR y UGT de 14 de febrero de 2014 sobre la aplicación del incremento de jornada.
4.- Baremo de méritos del concurso de traslados.
5.- Libre designación.
6.- Productividad variable. 
7.- Ruegos y preguntas.

Tras firmar las actas los sindicatos hemos pedido continuar por el punto que creemos es el más importante que es el de jornada y que ya habíamos pedido que se convocase la mesa sectorial para tratar monográficamente este tema. La Administración (que parece que tiene interés en sacar adelante el plan de formación) pretendía mantener el orden propuesto de los temas. Ante la amenaza de abandonar la mesa y tras un breve receso para consultar se ha admitido tratar en primer término el punto de la jornada.

La propuesta sindical ha sido básicamente que todos puedan hacer el aumento de la jornada de forma diaria con 30 minutos más cada turno, y en los turnos rotatorios que se reconozca el solapamiento necesario para la toma de relevo de un turno a otro.

Por nuestra parte y en relación a los médicos, hemos vuelto a plantear lo que llegamos a ofrecer hace ahora 1 año, desglosado en Atención Primaria, Atención Especializada y MIRes y que ahora os resumo:

Atención Primaria

  1. Con carácter general la jornada laboral será de 7.5 horas diarias, incrementándose el tiempo dedicado a la atención médica (consulta) en 30 minutos mediante la ampliación de la agenda en dicho tiempo, permitiendo así la reducción de la atención continuada en 30 minutos.
  2. En los casos en los que sea posible se podrán asumir las acumulaciones hasta un máximo de 10 horas/mes (se contabiliazará una acumulación completa como 3 horas de jornada laboral). Aquellos profesionales que deban hacer acumulaciones de cupos se computará en la proporción mencionada a efectos de ampliación de su jornada. Cuando el número de acumulaciones o sustituciones supere el límite máximo establecido se harán cargo los médicos de Refuerzo asignados al la ZBS, y si aun así fuese preciso médicos sustitutos de la Lista de Empleo Temporal.
  3. De igual forma podrán ser computadas otras actividades científico-técnicas y de formación consensuadas por la Dirección de AP y los Directores de las ZBS, que se encuentren directamente relacionados con el desempeño del trabajo, hasta un máximo de 24 horas/año, y realizadas fuera de la jornada laboral.
  4. Por sus especiales modalidades de jornada, queda pendiente estudiar de forma específica la situación de Refuerzos en AP, SUAP y 061.

 Atención Especializada

  1. Con carácter general una jornada ordinaria homogénea de lunes a viernes aplicándose el aumento de jornada de forma diaria. La franja de aplicación de dicha jornada será entre las 7.30 y las 15.30h. La atención continuada se adaptaría y complementaría a la jornada ordinaria que se decida.
  2. No obstante, cada servicio podrá proponer una organización diferente a ésta siempre que haya acuerdo entre el servicio y la Dirección de Área y dicho acuerdo sea suscrito por la mayoría de los médicos de la unidad.
  3. Cualquier nueva organización mantendrá el aumento de la actividad conseguida con el horario de tarde en este último año.
  4. El personal médico con turnos en unidades de hospitalización, urgencias y quirófanos / reanimación, etc.. que precise realizar transferencia de pacientes a otro compañero se computará como jornada un periodo de 20 minutos por turno completo realizado.
  5. La actividad adicional a la jornada que los servicios con pacientes hospitalizados deban de hacer los sábados por la mañana, si no es retribuida, será compensada en otro horario a determinar según las necesidades de cada servicio.
  6. De igual forma podrán ser computadas otras actividades científico-técnicas y de formación consensuadas por la Dirección de AP y los Jefes de Servicio, que se encuentren directamente relacionados con el desempeño del trabajo, hasta un máximo de 24 horas/año, y realizadas fuera de la jornada laboral.
  7. Se diseñará una actividad sustitutoria para los médicos mayores de 55 años exentos de realizar guardias y de carácter voluntario, consistente en módulos de 2.5 horas, a determinar el número, en horario de tarde.

Personal MIR.

  1. La ordenación de su jornada laboral se asimilará a la de personal de ámbito y categoría profesional para el que está recibiendo formación. Se ajustarán por tanto al horario y compensaciones del servicio en el que estén asignados en cada momento.
  2. Se computará las horas de formación obligatoria como parte de su jornada ordinaria de trabajo hasta un máximo de 10 horas mensuales.
  3. De cualquier forma, dadas las especiales características de este personal, para el que un alto porcentaje de sus retribuciones queda condicionado a la realización de guardias u otras actividades complementarias, para la consecución de la jornada anual obligatoria se facilitará su participación adicional en las actividades complementarias antes comentadas, lo que permitirá el mantenimiento de su nivel retributivo y su número de guardias como venía realizando.

Dando vueltas al tema de la jornada y con diferentes argumentaciones de una y de otra parte se han consumido 2 horas y no hemos conseguido de la Administración otra cosa que "recogemos vuestra propuesta y se estudiará".  Como esa respuesta la hemos oído otras veces la parte sindical hemos decidido aplazar la reunión hasta que hayan "estudiado" y tengan una respuesta para darnos y no seguir con los temas del orden del día hasta esa nueva reunión. Salvo CSIF, el resto de los sindicatos hemos abandonado la sala.

Os invitamos nuevamente a hacernos llegar vuestras aportaciones para poder perfilar más nuestra propuesta, antes de que la presentemos por escrito a la Administración.

Os recordamos que esta información, y toda la demás la podéis consultar en nuestra página, en la que también encontrareis la manera de contactar con nosotros:

www.smrioja.com