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Sindicato Médico de La Rioja
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BOLETIN INFORMATIVO CESM-RIOJA
Como ya os informamos, en la reunión del 20 de diciembre de la Comisión Paritaria de Interpretación y Seguimiento del Acuerdo para el Personal del SERIS, quedó fijada la Jornada ordinaria para 2007 en 1506 horas, a la que habría que restar, aquéllos que tuvieran derecho, los días adicionales de vacaciones por antigüedad.
En dicha reunión, CESM pidió que también quedara establecida de forma clara la jornada complementaria máxima (Atención Continuada) que se podría obligar a hacer: es decir la jornada anual correspondiente a las 48 horas semanales de jornada máxima que establece la Ley, ya que dependiendo de la forma de hacer los cálculos salen diferencias de hasta 440 horas anuales.
Ayer entregamos al Director General de Recursos Humanos de Salud, la propuesta de CESM al respecto: pensamos que si a la jornada semanal de 35 horas (que es la que firmamos en el Acuerdo) corresponde una anual de 1506, a la jornada semanal de 48 horas corresponde una jornada anual máxima de 2.065 horas: 1506 de jornada ordinaria y hasta un máximo de 559 horas de complementaria (Atención Continuada).
De esta forma se mantiene la misma relación entre horas de jornada ordinaria y complementaria (2,69) en la jornada anual que en la semanal.
Así mismo hemos pedido al Director General que de forma urgente se desarrolle la Jornada Complementaria correspondiente al Complemento Específico modalidad B que marca el Acuerdo para evitar situaciones que ya se están dando de médicos obligados (el Acuerdo fija que es voluntario) a doblar consulta mañana y tarde (resultan muchas más horas que el máximo de 150 anuales que también fija el Acuerdo) y a un precio de 20-21 € la hora (el acuerdo habla de una retribución como la de la hora ordinaria de trabajo)