Sindicato Médico de La Rioja |
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BOLETIN INFORMATIVO CESM-RIOJA (18-VI-10)
Esta mañana se ha reunido la Mesa Sectorial del SERIS en la que se han tratado los siguientes puntos de interés para médicos:
CONCURSO DE TRASLADOS
Se espera que se puedan publicar el listado provisional del concurso de Traslados para Médicos de Familia en EAP y Pediatras de Área en el plazo aproximado de 15 a 20 días.
PROYECTO DE DECRETO DE SELECCIÓN DEL PERSONAL ESTATUTARIO Y DE PROVISIÓN DE PLAZAS Y PUESTOS
Han informado de los cambios incorporados al proyecto que se presentó en la mesa anterior. Ha habido cambios importantes a nuestro juicio fundamentalmente en la consideración de adjudicación con carácter definitivo de la plaza tras una oposición o un concurso de traslados (que en el documento anterior se consideraba que debía ser provisional) y en el tratamiento que se daba a la movilidad interna en la que los médicos estábamos excluidos en el documento anterior. No obstante mantuvimos nuestras reservas respecto al capítulo que trata de los puestos de libre designación. En este capítulo no estamos de acuerdo en que este tipo de nombramientos sea con carácter definitivo (???) ya que consideramos que debe ser una situación temporal y ligada a una reevaluación en función de lo adecuado del desempeño del puesto. En la normativa todavía en vigor que regulaba estos nombramientos (LEY 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, y la LEY 30/1999, de 5 de octubre, de Selección y provisión de personal estatutario de los Servicios de Salud) tanto en lo referente a coordinadores de equipo y responsables de enfermería en EAP y más concretamente en el caso de Jefes de Servicio y de Sección de carácter asistencial, se recoge que "Los aspirantes seleccionados obtendrán un nombramiento temporal para el puesto de cuatro años de duración al término del cual serán evaluados a efectos de su continuidad en el mismo".
La Administración nos pidió a los sindicatos que manifestásemos nuestro apoyo o rechazo al documento "tal y como esta" y por parte de CESM volvimos a manifestar que queríamos volver a revisar este capítulo. La respuesta fue que querían una manifestación por nuestra parte y que sólo se admitía SI o NO. Ante esta disyuntiva decidimos decir que NO. La respuesta no debió de ser del agrado de la Administración porque ya no se pidió la opinión al resto de los sindicatos (por lo que no sabemos qué opinan al respecto) y se nos emplazó para que el próximo lunes les manifestásemos nuestra respuesta.
ACOPLAMIENTO
Este punto fue retirado del orden del día. Sólo afectaba a Auxiliares y a Enfermería.
Baremación de las listas de empleo temporal
Tras informarnos de la casi conclusión de la baremación de las listas de empleo de otras categorías preguntamos que cuándo se continuaba con los baremos de médicos de A. Especializada (los de primaria ya están negociados), y así poder poner en marcha las listas de empleo temporal de médicos. Todavía 'calientes' por la discusión anterior se nos contestó que no tenían prisa por los baremos de médicos.
PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN RÉGIMEN DE JORNADA IRREGULAR
¡En este punto volvimos a tener nueva confrontación! Os informábamos en en boletín del 6 de mayo que se nos había anunciado la confección de una instrucción sobre "Prestación de servicios en régimen de jornada irregular" y en el que la administración partía de un punto a nuestro juicio erróneo, que es el considerar que amparados en el Estatuto Marco (ley 55/2003) todo el personal estatutario esta obligado a hacer además de su jornada ordinaria de trabajo de 1500 una jornada complementaria de aproximadamente otras 650 horas anuales más. Consideramos que esta premisa no es de aplicación en los servicios de 061 ni SUAP ya que su jornada esta estipulada desde su creación y corresponde a la jornada ordinaria del personal estatutario, en nuestro caso 1500 horas anuales. En esta ocasión TODOS los sindicatos adoptamos una voz unánime y enviamos a la Dirección de RRHH un escrito manifestando nuestra oposición y ofreciéndoles nuestra colaboración para rehacer la Instrucción mediante un grupo de trabajo. (Ver el escrito) La discusión no consiguió acercar posturas y el Director Gral de RRHH decidió que este tema de jornada complementaria lo daba por negociado, por lo que nos queda el camino de la vía judicial.
No hubo tiempo (ni ganas) de seguir avanzando sobre la Instrucción de Jornada Irregular, por lo que se aplazó para la próxima mesa sectorial.
Os invitamos a enviarnos cualquier opinión o sugerencia que consideréis oportuna. Os recordamos que esta información, y toda la demás la podéis consultar en nuestra página www.cesm-rioja.com
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